REGLAMENTO DE LA ASOCIACION NACIONAL DE ARBITROS, JUECES Y CRONOMETRISTAS DE NATACION, SALTOS ORNAMENTALES, NADO SINCRONIZADO Y POLO ACUATICO DE CHILE

Art. 1.- Esta Asociación es de caracter técnico-deportivo afiliada a la Federación Chilena de Natación.

Art. 2.- El Escalafón oficial de árbitros, jueces y cronometristas estará conformada por los asociados que hayan sido diplomados en cursos efectuados por esta Asociación o en el extranjero, certificados por la correspondiente Federación.

ASPECTOS TECNICOS

Art. 3.- El Escalafón estará conformado por las siguientes categorías técnicas de socios activos en Natación clásica y sus correspondientes funciones:

Categoría Internacional: Juez Arbitro FINA.

Categoría Internacional: Juez Arbitro CONSANAT

Categoría Internacional: Juez de Salidas FINA

Categoría Internacional: Juez de Salidas CONSANAT

Categoría A : Juez Arbitro Nacional

Categoría B : Juez de Salida, Juez de Estilo y Juez de Vuelta.

Categoría C : Jefe de Cronometristas, Jefe de Mesa de Control y Oficial Mayor.

Categoría D : Cronometristas.

Art. 4.- Requisitos exigidos en Natación:

a) Para ser postulado por el directorio de AJUNACH, ante la Federación Chilena de Natación, a la Categoría de Juez Arbitro FINA, el juez deberá haber cumplido con los requisitos exigidos a los jueces CONSANAT y ser Arbitro en a lo menos seis (6) campeonatos nacionales en los últimos cuatro (4) años, en dos (2) campeonatos sudamericanos y aprobar un examen teórico y práctico sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

b) Para ser postulado por el Directorio de AJUNACH ante la Federación Chilena de Natación como Juez Arbitro CONSANAT, será requisito obligatorio haber desempeñado el cargo de Arbitro en a lo menos cuatro (4) campeonatos nacionales en los últimos tres (3) años, haber cumplido con los requisitos a la categoría A y aprobar un examen teórico y práctico sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

c) Para ser postulado como Juez de Salida ante la CONSANAT o FINA, por la Federación Chilena de Natación, el juez postulante deberá ser declarado en Promoción por el Directorio de AJUNACH y FECHINA, participar, en tal calidad, en a los menos tres (3) campeonatos nacionales, en dos (2) campeonatos sudamericanos y aprobar un examen teórico y práctico controlado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

d) Para obtener la Categoría A, será requisito obligatorio haber sido declarado Juez Arbitro Nacional en Promoción por el Directorio de AJUNACH, ser evaluado positivamente por la Comisión de Capacitación y Evaluación en a lo menos tres (3) campeonatos nacionales en los últimos dos (2) años, haber cumplido con los requisitos exigidos para la Categoría B y aprobar un examen teórico y práctico sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

e) Para obtener la Categoría B será requisito obligatorio haber participado a lo menos en seis (6) competencias oficiales como Juez de Vuelta, en seis (6) competencias oficiales como Juez de Estilo, en seis (6) competencias oficiales como Juez de Salida y aprobar el curso de Nivel III, controlado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

f) Para obtener la Categoría C será requisito participar como Jefe de Cronometrista en a lo menos dos (2) competencias oficiales, como Jefe de la Mesa de Control en a lo menos tres (3) competencias oficiales, como Oficial Mayor en dos (2) competencias oficiales y aprobar el curso de nivel II, controlado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

g) Para obtener la categoría D será requisito haber participado en una (1) competencia oficial y aprobar el Curso de Nivel I, controlado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

Art. 5.- Escalafón y requisitos en Nado Sincronizado:

a) Categoría Niveles: Será requisito aprobar el Curso de Reglamento y actuar como Juez de Silla, Mesa y Cronometristas, por lo menos durante un año y en tres campeonatos de Categorías Iniciantes.

b) Categoría Juez de Primera: Aprobar Curso de Reglamentos y haber actuado como Juez de Silla y Mesa en Categoría Niveles por lo menos durante un año y en cuatro campeonatos.

c) Arbitro General: Podrá ser Arbitro General de Categoría Niveles, el juez que haya actuado en Campeonatos de categoría niveles y de primera y que sea calificado positivamente por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

d) Arbitro General de Campeonatos Nacionales de Primera Categoría: aprobar curso de nivel nacional e internacional y actuar en a lo menos el 70% de los torneos de primera categoría de la temporada.

e) Juez Nacional: Los jueces que hayan actuado en los cuatro cargos anteriores podrán ser Jueces de Clasificatorios para torneos internacionales, acreditando asistencia en el 90% de los torneos del año anterior.

Art. 6.- Escalafón y requisitos en Saltos Ornamentales.

a) Juez Arbitro, cargo que tiene como requisito haber participado como Juez Calificador en a lo menos tres (3) campeonatos nacionales.

b) Juez Calificador, cargo que tiene como requisito aprobar el curso de Juez de Saltos Ornamentales, controlado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH y haber participado en a lo menos dos (2) oportunidades como Juez de Mesa o Secretario.

c) Juez de Mesa o Secretario, tiene como requisito aprobar el Curso Básico sobre Reglas FINA, dictado por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

Art. 7.- Escalafón y requisitos en Polo Acuático:

a) Para obtener la Categoría Arbitro los postulantes deberán participar en a lo menos tres competencias nacionales y aprobar el curso sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

b) Para obtener la Categoría Juez de Gol, el juez deberá participar a lo menos en seis (6) partidos en calidad de Postulante y aprobar el Curso de Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

c) Para obtener la Categoría de Cronometrista, el postulante deberá participar como cronometrista en a lo menos cuatro (4) partidos y aprobar el curso sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

d) Para obtener la Categoría Secretario, el postulante deberá participar en a lo menos seis (6) partidos en calidad de Postulante y aprobar el curso sobre Reglas FINA, que controlará la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

ASPECTOS GENERALES

Art. 8.- Son obligaciones de los asociados, aparte de las establecidas en los Estatutos, las siguientes:

a) Estudiar, cumplir y velar por el cumplimiento de las Reglas FINA.

b) Asistir a las reuniones y competencias a las que fuera citado y al ingresar al recinto de competencia presentarse de inmediato ante el Director de la especialidad correspondiente, poniéndose a su disposición.

c) Asistir a todas las competencias oficiales con el uniforme oficial de AJUNACH, que consiste en camisa blanca, pantalón blanco, medias blancas y zapatillas deportivas blancas.

d) Cuando haya comprometido su asistencia a una competencia, comunicar al Directorio su imposibilidad de asitir con una antelación de 48 horas, con el objetivo de ser reemplazado.

e) Firmar el Libro de Asistencia antes del comienzo de la competencia.

f) Cuidar, responsabilizándose por su devolución o indemnización, todo material o instrumento que le fuere entregado para actuar en competencias, ceremonias o cursos, tales como brazaletes, gallardetes, cronómetros, pitos, formularios, proyectores, etc.

g) Dirigirse con la debida anticipación al lugar en que deberá actuar, permaneciendo allí sólo el tiempo suficiente para el desempeño de sus funciones.

h) Cuando se le responsabilice de una Comisión especial, tal como asistir a un curso internacional, controlar un torneo en regiones, asistir a una reunión en representación oficial del Directorio o de alguno de sus miembros, etc., deberá entregar un informe escrito en el que consten los aspectos más importantes de la Comisión.

i) Observar un comportamiento ejemplar en reuniones, en el ejercicio de sus tareas técnicas, en viajes, en competencias, en las graderías y en cualquier circunstancia, respetando y haciendo respetar su condición de juez deportivo.

j) Acatar las decisiones del Directorio de la Asociación.

k) Respetar las decisiones de los Jueces Arbitros en las competencias.

l) Queda absolutamente prohibido hacer comentarios en corrillos, emitir juicios sin fundamentos y decir o realizar cualquier acto que afecte la honra y prestigio de otro asociado.

m) Al perder la calidad de socio activo, por elejamiento de largo tiempo, también se perderá la categoría que haya tenido en el escalafón en el momento del alejamiento, por lo tanto, a su retorno a la actividad, deberá realizar cursos especiales de nivelación, definidos, controlados y evaluados por la Comisión de Capacitación y Evaluación de AJUNACH.

Art. 9.- Los Jueces Arbitros para Campeonatos Internacionales que se realicen en el país, Campeonatos Nacionales, Competencias Inter-Asociaciones, competencias de Asociaciones y de Clubes, serán designados por el Directorio en acuerdo con la Comisión de Manejo correspondiente.

Art. 10.- Todo juez, para actuar en competencias fuera del calendario oficial, deberá solicitar autorización al Director correspondiente.

Art. 11.- Queda estrictamente prohibido a los asociados el uso de cualquier insignia o distintivo que no sea el de AJUNACH, FECHINA, CONSANAT, UANA, FINA o el de las funciones que esté desempeñando, salvo autorización del Directorio de AJUNACH.

Art. 12.- La Asociación entregará un carné a sus asociados que servirá de identificación como asociado, de certificación de su categoría y de entrada a cualquier competencia de natación para actuar como juez o espectador, pero no como usuario de las piscinas, dependencias o instalaciones.

Art. 13.- La adquisición del carné se hará mediante el pago de una cuota fijada por la Asamblea.

Art. 14.- El Directorio designará una Comisión de Capacitación y Evaluación, que deberá trabajar con un programa anual de formación, capacitación y evaluación de cronometristas, jueces y árbitros.

Art. l5.- La Comisión será presidida por el Director de la especialidad correspondiente.

Art. l6.- El Director de cada especialidad, llevará una Hoja De Vida de cada asociado, donde se registren la función desempeñada en cada competencia, los cursos realizados, los cargos asumidos, las comisiones desempeñadas, las distinciones o premios recibidos, etc.

Art. 17.- El Director de cada especialidad, antes de comenzar cada temporada, entregará al Directorio de AJUNACH el escalafón actualizado de los asociados y el Directorio lo pondrá en conocimiento de FECHINA.

Art. 18.- La calificación en cada categoría será anual y ésta no se renueva si el asociado no asiste a los cursos a que sea citado o no participa en a lo menos el 30% de las competencias del año.

Art. 19.- Todos los años se conferirán premios, galvanos o reconocimientos a los asociados, consistentes en trofeos, medallas o diplomas, como una manera de reconocer idoneidad, asistencia, puntualidad, espíritu de colaboración, iniciativa, creatividad, aportes significativos, espíritu de superación, compañerismo,o antigüedad, etc.

Art. 20.- La Comisión de Capacitación y Evaluación, el Directorio o cualquier asociado podrá proponer a los postulantes al reconocimiento por medio de una carta, fundamentando los merecimientos de la persona postulada.

Art. 21.- El Directorio decidirá entre los postulantes y entregará los reconocimientos en el Campeonato Nacional de Verano.

Art. 22.- Ningún miembro del Directorio de AJUNACH ni de FECHINA podrá ser postulado a estos reconocimientos, a no ser que sean distinciones internas.

Art. 23.- El Director de cada especialidad, o quien éste designe, citará a los asociados con siete días de anticipación a cada competencia y será el responsable del cuerpo de jueces en cada torneo, llevará el Libro de Asistencia, recordará al Juez Arbitro para que deje su informe en el Libro y entregará al Directorio un breve informe escrito sobre los aspectos más relevantes del torneo, tanto en sus aspectos positivos como negativos, con copia al Comité de Manejo.

Art. 24.- El Juez Arbitro de cada jornada o etapa, dejará un informe escrito en el Libro de Asistencia, sobre aspectos destacados del evento, incluyendo recomendaciones y sugerencias.

Art. 25.- Cualquier asociado que haya trabajado en el evento, puede solicitar al Director que en el informe se incluya su constancia, en relación a alguna situación que lo haya afectado personalmente, a la Asociación o a otro socio.

Art. 26.- El presente Reglamento de AJUNACH entrará en vigencia al ser aprobado por el Directorio y refrendado por la Asamblea General.

Art. 27.- El presente Reglamento sólo podrá ser modificado por el Directorio, con la aprobación de la mayoría de sus miembros y refrendado por la Asamblea General.

Art. 28.- Los Estatutos de AJUNACH, los Estutos y Reglamentos de FECHINA servirán siempre de base para resolver cualquier duda sobre el presente Reglamento.